El 28 de abril de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (el “Reglamento”), que entrará en vigor a los sesenta días hábiles siguientes a su publicación, es decir, el 22 de julio de 2026.

En materia de franquicias, uno de los cambios más relevantes consiste en la ampliación del contenido mínimo de la información técnica, económica y financiera que debe entregarse a potenciales franquiciatarios antes de la celebración del contrato de franquicia, comúnmente conocida como Circular de Oferta de Franquicia. Esta obligación deriva del artículo 245 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (“LFPPI”), conforme al cual dicha información debe proporcionarse, por lo menos, con treinta días hábiles de anticipación a la celebración del contrato.

A. Actualización del contenido mínimo de la Circular de Oferta de Franquicia.

El Reglamento anterior regulaba el contenido mínimo de esta información en el artículo 65. El nuevo Reglamento reubica dicha obligación en el artículo 124 y amplía los requisitos mínimos de revelación de 10 a 14 rubros, manteniendo la estructura general anterior, pero incorporando nuevos elementos vinculados con la estructura contractual, pagos, retorno de inversión y operación de la red.

Conforme al nuevo artículo 124, el franquiciante deberá proporcionar, al menos, la siguiente información: nombre, domicilio y nacionalidad de la persona franquiciante; descripción de la franquicia; antigüedad de la empresa franquiciante y, en su caso, del franquiciante maestro; derechos de propiedad intelectual involucrados; montos y conceptos de pagos; asistencia técnica y servicios; zona territorial; posibilidad de conceder subfranquicias; obligaciones de confidencialidad; información sobre si el negocio deriva de un contrato maestro, de desarrollo, multiunidades o similar; derechos y obligaciones de la persona franquiciataria; montos generales de pagos y tiempos de retorno de inversión; número de unidades propias y franquiciadas, así como unidades abiertas, reubicadas, traspasadas y cerradas.

B. Principales cambios frente al régimen anterior.

La reforma no sustituye por completo el contenido tradicional de la Circular de Oferta de Franquicia; más bien, lo complementa y robustece. Los principales elementos adicionales son: revelar si la franquicia deriva de un contrato maestro, de desarrollo, multiunidades o similar; informar montos generales de pagos y tiempos de retorno de inversión; reportar el número de unidades propias y franquiciadas, así como el número de unidades abiertas, reubicadas, traspasadas y cerradas.

Estos nuevos rubros incrementan el nivel de transparencia exigido al franquiciante y obligan a contar con información más actualizada, verificable y consistente sobre la estructura, desempeño y operación de la red de franquicias.


C. Implicaciones prácticas para franquiciantes.

A partir de esta reforma, los franquiciantes deberán revisar y actualizar sus documentos de información precontractual utilizados en México.

En particular, será importante implementar mecanismos internos para recopilar y actualizar periódicamente información sobre la estructura de la franquicia, esquemas maestros o multiunidades, pagos aplicables, tiempos estimados de retorno, unidades propias y franquiciadas, así como aperturas, reubicaciones, traspasos y cierres.

D. Consideraciones finales.

El nuevo Reglamento fortalece el régimen de información precontractual en materia de franquicias y eleva el estándar de transparencia frente a potenciales franquiciatarios en México para que estos puedan tomar una mejor decisión de negocios. Por ello, recomendamos que los franquiciantes revisen oportunamente sus documentos de divulgación, no solo para cumplir con el contenido mínimo previsto en el Reglamento, sino también para mitigar riesgos de nulidad, reclamaciones y contingencias en la expansión de sus redes de franquicia en México.

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Gustavo A. Alcocer

Gustavo A. Alcocer

Socio

Gustavo Alcocer dirige el Grupo de Derecho Corporativo y Comercial en OLIVARES, asesorando a empresas en México y en el extranjero con transacciones comerciales y corporativas, nacionales y transfronterizas. Es asesor jurídico externo en México para muchos clientes nacionales y extranjeros.

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