El 14 de mayo de 2026 se publicó en el DOF la reforma a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley Federal del Derecho de Autor en materia de personas trabajadoras artistas intérpretes o ejecutantes. Entrará en vigor el 15 de mayo. Desde mañana, sus contratos de talento, sus campañas publicitarias vigentes y sus procesos de producción se rigen por reglas nuevas.

Qué cambió, en términos de negocio:

  • El derecho a la imagen se redujo. El artículo 87 dejó de proteger a "toda persona": ahora solo cubre a los artistas intérpretes o ejecutantes. Para modelos, ejecutivos, deportistas o influencers que no encuadran en esa categoría, la protección de su imagen depende hoy de lo que diga el contrato.
  • Sus contratos publicitarios tienen fecha de caducidad.

    Los anuncios pueden difundirse seis meses; cada periodo adicional debe pagarse de nuevo, y al cumplir un año todo uso requiere nueva autorización y un precio actualizado a inflación y mercado. Las exclusividades no pueden exceder la vigencia del contrato.

  • El uso de voz e imagen con IA exige consentimiento y pago específicos. Tanto en la relación laboral (nuevo art. 305 Bis LFT) como en la LFDA, replicar, clonar o ajustar con inteligencia artificial la voz o imagen de un artista requiere acuerdo previo, por escrito y remunerado. Pagar por un uso ya no autoriza los demás: cada modalidad se negocia por separado.
  • La exposición es sancionable. Usar imagen o voz sin el consentimiento que exige la ley es infracción en materia de comercio, con multa de cinco mil a cuarenta mil días de salario mínimo, además del riesgo de litigio y de paro de campañas.
  • Toda ambigüedad jugará en su contra. La ley ordena que, ante duda en una cláusula, se interprete a favor del artista. Un contrato impreciso es hoy un contrato perdedor.

Por qué conviene actuar ahora:

La reforma ya es exigible y no distingue entre contratos nuevos y vigentes. Cada campaña al aire, cada acuerdo de talento y cada plantilla de producción que su empresa esté usando debería revisarse antes de que un uso se vuelva observable —por la contraparte, por un sindicato o por la autoridad—. El costo de anticiparse es una revisión; el de no hacerlo, una multa, un litigio o una campaña detenida.

Cómo podemos ayudar:

En OLIVARES podemos hacer, en plazos cortos, un diagnóstico de exposición de sus contratos de talento y publicitarios vigentes, rediseñar sus plantillas y cláusulas de imagen, voz e IA conforme al nuevo marco, y definir un protocolo de cumplimiento para sus áreas de producción y marketing. Con gusto agendamos una llamada para revisar su caso concreto.

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Jaime Rodríguez

Jaime Rodríguez

Socio

Jaime Rodríguez se integró a OLIVARES en 2007, convirtiéndose en Socio de la compañía en el año 2023. Cuenta con una gran experiencia en derechos de autor, litigio, marcas, competencia desleal y resolución de disputas en materia de nombres de dominio, y esta versatilidad le ha permitido participar en una gran variedad de asuntos y casos relevantes pertenecientes a las diferentes áreas de la propiedad intelectual.

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