El 3 de junio de 2020, el Ministerio de Economía y la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) circularon un borrador de enmiendas a la Ley General de Salud en el campo de la publicidad.

Estas enmiendas fueron propuestas después de la aprobación de la nueva versión de la Norma Oficial Mexicana 051 para alimentos preenvasadosy productos de bebidas no alcohólicas, que se publicó en el Diario Oficial el 27 de marzo de 2020. Consulte nuestro Boletín No. 97.

Estas enmiendas establecen principalmente lo siguiente:

  • Las etiquetas de los productos dirigidos a niños no deben contener elementos que inciten, promuevan o fomenten su consumo, compra o elección; ni hacer referencia a otros elementos con el mismo propósito.

  • La publicidad de productos preenvasados cuyas etiquetas incluyen calorías excesivas, nutrientes críticos y otros ingredientes que representan un riesgo para la salud en el consumo excesivo, debe incluir los sellos y leyendas establecidos por la Norma Oficial Mexicana 051, y no debe incluir sellos o leyendas de recomendación o reconocimiento por organizaciones profesionales o asociaciones.

  • De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana citada, la publicidad de productos preenvasados que incluyen uno o más sellos de advertencia o una leyenda de edulcorantes en sus etiquetas, no debe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, tales como juegos visuales-especiales o descargas digitales, todos dirigidos a niños, que inciten promuevan o fomenten el consumo, la compra o la selección de dichos productos.

Como se mencionó en boletines anteriores, consideramos que las enmiendas a la NOM-051 y ahora, las enmiendas a la Ley General de Salud pendientes de aprobación, violan varias leyes federales y tratados internacionales de los que México es parte.

La fecha límite para presentar comentarios a esta propuesta vence el 1 de julio de 2020.

OLIVARES ya ha desarrollado una estrategia legal para responder a la aprobación de estas modificaciones. Una vez que estas enmiendas entren en vigencia o cuando se apliquen de manera perjudicial, puede ser conveniente impugnar su constitucionalidad.

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Alejandro Luna Fandiño

Alejandro Luna Fandiño

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Alejandro Luna se unió a OLIVARES en 1996 y se hizo Socio en 2005, ha sido un miembro esencial en las prácticas de litigio administrativo, regulatorio y de litigio de PI de la firma, es Codirector del Grupo de Ciencias de la Vida, al igual que Coordinador del Departamento de Litigio.
Armando Arenas

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Armando Arenas se unió a la firma en junio del año 2000 y es Socio en OLIVARES desde enero de 2017. Ofrece servicios de consultoría relacionada con signos distintivos y patentes; publicidad de marcas y productos farmacéuticos; trámites regulatorios de la industria farmacéutica; y adquisiciones públicas. Participa en la estrategia relacionada con el litigio de marcas por actos de competencia desleal, imagen comercial (trade dress) y publicidad engañosa, ante el IMPI, TFJA, Tribunales Federales y Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Jaime Rodríguez

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Jaime Rodríguez se integró a OLIVARES en 2007, convirtiéndose en Socio de la compañía en el año 2023. Cuenta con una gran experiencia en derechos de autor, litigio, marcas, competencia desleal y resolución de disputas en materia de nombres de dominio, y esta versatilidad le ha permitido participar en una gran variedad de asuntos y casos relevantes pertenecientes a las diferentes áreas de la propiedad intelectual.
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