Como hemos estado informando, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público está actualmente bajo análisis y discusión de la Cámara de Diputados. El objetivo principal de las enmiendas es incluir en la ley un nuevo marco jurídico integral para regular las contrataciones públicas a fin de cumplir ciertos compromisos adquiridos por el actual gobierno en materia de transparencia y afrontar la corrupción.

Sin embargo, debido a la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del virus COVID-19 y el desabasto acumulado de varios insumos para la salud, el Congreso aprobó recientemente con carácter de urgencia, un Decreto por el que se enmienda solo un artículo de la Ley de Adquisiciones existente.

La enmienda otorga al gobierno mexicano facultades para adquirir medicamentos y otros servicios de salud a través de organizaciones internacionales sin tener que cumplir con los procedimientos establecidos en el Reglamento aplicable para contrataciones públicas. El racional de esta enmienda es la de ampliar las posibilidades de adquirir medicamentos a precios más bajos a través de procesos transparentes y eficientes.

Esta reforma ha generado una gran controversia al incluir una excepción al régimen de adquisición actual y permitir que el Gobierno Federal compre medicamentos a través de organizaciones internacionales como la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

La crítica también deriva de la ambigüedad de las reglas para verificar todo el proceso de adquisición y si los insumos que se adquieren cumplen con la regulación domestica y los estándares regulatorios. Parece que será a entera discreción de la autoridad el determinar la aplicación de esta excepción, en lugar del proceso regular de licitación pública.

En el marco de esta reforma aprobada por ambas cámaras, el Gobierno ya firmó el primer acuerdo con la UNOPS y la OMS para adquirir medicamentos a través de estos mecanismos, acorde con el cual se espera una inversión inicial de $ 6,800,000 millones de dólares para el año 2021.

La publicación de este decreto en el Diario Oficial de la Federación está pendiente. OLIVARES continuará analizando las posibles acciones a seguir por las compañías e individuos que eventualmente sean afectadas por esta enmienda una vez que entre en vigor o cuando se aplique en perjuicio de ciertos derechos civiles, dado que se prevén algunas violaciones a la Constitución, tratados internacionales y otras leyes.

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Alejandro Luna Fandiño

Alejandro Luna Fandiño

Socio

Alejandro Luna se unió a OLIVARES en 1996 y se hizo Socio en 2005, ha sido un miembro esencial en las prácticas de litigio administrativo, regulatorio y de litigio de PI de la firma, es Codirector del Grupo de Ciencias de la Vida, al igual que Coordinador del Departamento de Litigio.
Armando Arenas

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Armando Arenas se unió a la firma en junio del año 2000 y es Socio en OLIVARES desde enero de 2017. Ofrece servicios de consultoría relacionada con signos distintivos y patentes; publicidad de marcas y productos farmacéuticos; trámites regulatorios de la industria farmacéutica; y adquisiciones públicas. Participa en la estrategia relacionada con el litigio de marcas por actos de competencia desleal, imagen comercial (trade dress) y publicidad engañosa, ante el IMPI, TFJA, Tribunales Federales y Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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