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noviembre 3, 2020
Dentro de los cambios introducidos en la nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, encontramos varios relevantes en el capítulo de infracciones administrativas, siendo los más relevantes los siguientes:
Antes, las conductas violatorias de secretos industriales sólo podían perseguirse por la vía penal y ahora, con la inclusión de estas causales, ya se podrá optar también por las vías administrativa y civil.
Además, se elimina la mención relativa a que la comisión de esta conducta infractora constituía competencia desleal, lo que resultaba obvio.
Sin embargo, si bien estas dos últimas conductas están excluidas del catálogo de infracciones, en el capítulo de inspecciones de la nueva ley continúan siendo sancionadas con una multa.
Confiamos en que estos cambios tengan un impacto positivo en la observancia de los derechos de propiedad industrial en México, siendo que los titulares de derechos de propiedad industrial, tendrán mayores herramientas para impedir que terceros infrinjan sus derechos.