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octubre 30, 2015
por Alejandro Luna
I.- El Acuerdo Estratégico Trans-Pacífico de Asociación Económica conocido por sus siglas en Inglés Trans-Pacific Partnership (TPP) es la siguiente frontera del comercio internacional y una oportunidad para MÉXICO de revisar y mejorar su sistema de propiedad intelectual.
La vigente Ley de Propiedad Industrial en México se promulgó en 1991 con su nombre anterior, Ley de Fomento y Protección a la Propiedad Industrial y fue modificado sustancialmente en 1994. La denominada Ley Federal del Derecho de Autor fue publicada en Diario Oficial de México en diciembre de 1996. Desde entonces, se han producido modificaciones y reformas menores a las referidas leyes y sus reglamentos que apenas han repercutido en el sistema de propiedad intelectual en México. No es un secreto que dichas leyes y algunas de sus reformas y adiciones, surgieron o derivaron de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica TLCAN/NAFTA.
No hay duda de que cuando se negoció y suscribió por México el TLCAN/NAFTA, el internet era incipiente, el valor y el impacto del Internet para el comercio y negocios estaba lleno de especulaciones, en ese punto en el tiempo de la era digital, la biotecnología y la nanotecnología comenzó a ser considerados como un futuro próximo, pero las implicaciones y el impacto en la vida de millones de personas y la revolución en cuanto a la manera de llevar a cabo negocios y comercio en todo el mundo estaban en ese punto solamente en la imaginación de algunos visionarios, pero no en los redactores de TLCAN/NAFTA ni en los legisladores de México que prepararon las leyes en México para cumplir con los requisitos del TLCAN/NAFTA y del ADPIC/TRIPS en ese momento.
Si el impacto del Internet, la era digital y las nuevas tecnologías no eran exactos ni seriamente contemplados en las negociaciones del TLCAN/NAFTA, mucho menos había consideraciones relativas a la aplicación de las normas que debían regir las nuevas relaciones derivadas del internet, la era digital, las nuevas tecnologías y la desaparición de las fronteras geográficas para el creciente fenómeno de la globalización y el imparable comercio internacional.
En conclusión, la ley de la Propiedad Industrial y del Derecho de Autor y sus reglamentos e incluso las instituciones dedicadas a la propiedad intelectual en México cumplieron con sus objetivos para satisfacer las necesidades de negocio, comerciales y tecnológicas del país en que fueron promulgadas, sin embargo, no hay duda de que hoy en día, el sistema requiere una revisión urgente, en específico en la posibilidad de reclamar daños y perjuicios derivados de la violación de los derechos de propiedad industrial, donde en casos de infracción de patentes, la observancia y correspondiente declaración de daños podría tomar de 12 a 15 años de litigio.
II – . La Asociación Transpacífico TPP
En noviembre de 2011 durante la reunión de APEC, México manifestó su interés de iniciar consultas para participar en la Asociación Transpacífica. El 18 de junio de 2012 durante el G-20 en Los Cabos, México, los países participantes en el TPP decidieron invitar a México a participar.
Los países del TPP originalmente son: Brunei, Chile, Nueva Zelanda y Singapur , desde 2009 el TPP se está negociando con E.U.A., Australia , Vietnam , Malasia y Perú. México, Canadá y recientemente Japón están dispuestos a formar parte.
Los eventuales once socios del TPP representarán el 30 % del PIB mundial, el 19% de las exportaciones en todo el mundo, el 22% de las importaciones de todo el mundo y un mercado de 198 millones de consumidores potenciales sin contar la población de los E.U.A.
Desde el principio los líderes de los socios del TPP manifestaron que dicho acuerdo: “será un modelo ambiciosos para otros tratados de libre comercio en el futuro, forjando vínculos estrechos entre las economías, mejorando nuestra competitividad de acuerdo con nuestros consumidores ” .
En cuanto a la propiedad intelectual, los socios del TPP siguen confiando en que los derechos de autor, patentes y marcas se harán cumplir y parece que existe un consenso general dentro de los socios de que el nivel de protección de la propiedad intelectual debe ser más alto que ADPIC/TRIPS.
Los términos, condiciones y redacción del TPP son confidenciales, sin embargo, ha sido público que los principales temas relacionados con la propiedad intelectual son los siguientes:
Marcas no tradicionales. (olfativas, sonoras, táctiles)
Obligación de suscribir ciertos instrumentos internacionales como el Protocolo de Madrid.
Denominación de origen e indicaciones geográficas.
Eficiente y pronta observancia civil y penal.
Medidas aduaneras eficaces
Patentes farmacéuticas/ Sistema de vinculación de Patentes.
Protección de Datos Clínicos.
Derechos de autor y la era digital.
Existe la percepción de que para todos estos temas, el estándar mínimo sería el ADPIC/TRIPS y las partes también están buscando los niveles de protección establecidos en el ACTA y el Tratado de Libre Comercio entre E.U.A. y Corea del Sur.
En el caso de patentes farmacéuticas y regulación los temas principales parecen ser que los países se comprometan a contar con mecanismos adicionales de protección de la propiedad intelectual, tales como vinculación de patentes, extensiones o compensaciones del término de vida de las patentes por retrasos regulatorios y la protección de datos clínicos para medicamentos de síntesis química, biológicos y biotecnológicos.
México ha puesto en marcha los primeros pasos para completar el camino hacia el TPP, como cuando a principios de 2013 entró en vigor en México el Protocolo de Madrid. El acelerado proceso de aprobación de dicho tratado internacional, sin una completa revisión del sistema de marcas y si el IMPI estaba dispuesto a adoptar adecuadamente el sistema de Madrid, es la mejor señal de que el gobierno mexicano está dispuesto a cumplir con los estándares del TPP y replica la promulgación de la Ley de propiedad intelectual de 1991, cuando la discusión del NAFTA inició.
En conclusión, debido a las negociaciones y la eventual integración de México a la Alianza Transpacífica, México tiene una nueva y valiosa oportunidad de revisar y cambiar en su totalidad el Sistema de Propiedad Intelectual y adoptar más altas, y aún más importantes, eficientes normas de protección de la Propiedad Intelectual.
Las implicaciones del TPP van más allá del Sistema de Propiedad Intelectual de México, ya que pretende apoyar la creación de puestos de trabajo, mejores niveles de vida y la reducción de la pobreza en los países integrantes, de igual forma a aquellos que se dedican a la propiedad intelectual, empresas e individuos dedicados a la innovación y creatividad económica. Un eficaz y mejorado Sistema de Propiedad Intelectual siempre será bienvenido para México y para la región, como sería el caso de Chile y Perú quienes también son países negociadores del referido tratado. Es de destacar que la firma y suscripción de dicho tratado es esperada a mediados del 2015.