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junio 6, 2020
Como OLIVARES lo hiciera de su conocimiento previamente, con motivo de las medidas de contingencia por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, los órganos jurisdiccionales, tanto federales como locales, suspendieron labores a partir del 18 de marzo hasta el 29 de mayo de 2020, limitándolas a guardias por causas de urgencia o emergencia y decretaron que no correrían plazos y términos procesales durante dicho período.
Ahora, la suspensión de labores e interrupción de plazos procesales ha sido extendida hasta el 15 de junio de 2020, siendo aplicable para:
Tal y como se mencionó anteriormente, a partir del 6 de mayo de 2020, la Suprema Corte de Justicia, los Tribunales Colegiados de Circuito y los Juzgados de Distrito comenzaron a celebrar sesiones de manera remota para la resolución de asuntos que ya se encontraban en trámite y que estaban listos para ser resueltos mediante la expedición de la sentencia.
En adición, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitió un decreto, a través del cual se establecen las medidas que serán implementadas para la reactivación gradual de sus actividades, mismas que dependerán de la evolución de la pandemia en la Ciudad de México.
Finalmente, la Suprema Corte de Justicia ha extendido la suspensión de sus actividades hasta el 30 de junio de 2020. Sin embargo, la Corte ha determinado que, a partir del 1 de junio de 2020, todas las acciones sujetas a su competencia podrán ser presentadas electrónicamente, y tramitadas en línea.
Los acuerdos declarando las medidas anteriormente señaladas han sido publicados en el Diario Oficial de la Federación.
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