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octubre 1, 2012
por Liliana Rojas
Usualmente cuando nuestra Oficina de Marcas emite un Título que contiene un error, el mismo, puede ser enmendado presentando un escrito solicitando la corrección, adjuntando el título original y la solicitud de marca. Pero cuando el error es cometido por el solicitante la historia es completamente diferente.
Nuestra Oficina de Marcas solía aceptar un escrito solicitando la corrección. Una declaración jurada emitida por un funcionario oficial del titular u otro documento evidenciando el nombre correcto del titular/dirección era de ayuda para respaldar la solicitud. Sin embargo, en los últimos años nuestra Oficina de Marcas comenzó a rechazar dichas peticiones bajo el argumento de que un procedimiento para corregir errores aún administrativos, no se encontraba previsto en la Ley de la Propiedad Industrial o sus reglamentos.
En vista de lo anterior, la opción disponible fue solicitar la corrección con base en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA).
La LFPA es una ley administrativa que provee un marco general a cualquier procedimiento administrativo ejecutado por la mayoría de las Autoridades Administrativas Mexicanas. En base a esta ley sus provisiones deben ser aplicadas por la el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) . Cualquier error cometido por el solicitante o el gobierno en la emisión del Titulo o alguna otra decisión administrativa puede ser corregida a solicitud de las partes interesadas.
La LFPA es una ley administrativa que provee un marco general a cualquier procedimiento administrativo ejecutado por la mayoría de las Autoridades Administrativas Mexicanas. En base a esta ley sus provisiones deben ser aplicadas por la el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) . Cualquier error cometido por el solicitante o el gobierno en la emisión del Titulo o alguna otra decisión administrativa puede ser corregida a solicitud de las partes interesadas.
Tomando en cuenta que nuestra Oficina de Marcas tendría que establecer un nuevo criterio en relación con este tipo de enfoque, las primeras respuestas oficiales con base en la LFPA tomaron tiempo en ser emitidas, sin embargo, el resultado fue satisfactorio y ahora IMPI está tomando nota de las correcciones solicitadas.
Fuente Managing Intellectual Property Magazine, Oct 2012