Enmienda a la Ley Federal de Protección al Consumidor

Nuevas enmiendas a la Ley Federal de Protección al Consumidor (FLCP) entraron en vigencia el 16 de diciembre de 2011, proporcionando dos cambios principales, a saber: (i) la información / publicidad engañosa (engañosa o abusiva) se considerará ahora como una infracción grave, por lo tanto, se ha incrementado el monto de las sanciones económicas correspondientes, y (ii) otorgando facultades adicionales para que la Procuraduría Federal del Consumidor (“PROFECO”) coordine cualquier agencia federal, local o municipal para proteger a los consumidores de información engañosa / publicidad, así como potenciar sus facultades para analizar la información / publicidad para determinar si es engañosa o no.

La FLCP contiene un conjunto de reglas generales para la publicidad de prácticamente todos los productos y servicios. Se enfoca en proteger los derechos de los consumidores, mientras que “PROFECO” es la agencia gubernamental encargada de investigar y resolver estos asuntos.

Antes de esta reciente enmienda, la FLCP ya disponía que toda la información (incluyendo tanto el etiquetado como la publicidad) relacionada con los productos y servicios mostrados por cualquier medio oa través de cualquier medio deberá ser veraz, verificable y libre de cualquier texto, diálogo, sonido, imagen, marca. , denominación de origen u otra descripción que pueda inducir a error a los consumidores o tender a confundirlos por ser “engañosos o abusivos”.

Según la FLCP, se considera que la información / publicidad es engañosa o abusiva cuando se refiere a características o información relacionada con un producto que, sea o no veraz, engaña o confunde a los consumidores por lo impreciso, falso, exagerado, incompleto, forma artificial o tendenciosa en la que se presenta. Esto significa que toda la información no solo debe ser veraz y verificable, sino que también debe presentarse de tal manera que no pueda considerarse engañosa o abusiva.

Las recientes enmiendas tienen como objetivo dotar a la PROFECO de facultades más amplias y sólidas para detener la información / publicidad engañosa (engañosa o abusiva), ya que desde los últimos 5 años el mercado mexicano se ha visto inundado de nuevas y audaces campañas publicitarias y publicitarias en televisión (que parecen incluyen información engañosa) para los productos denominados “milagrosos” o “infomerciales”, que llevaron a los consumidores a creer que obtendrán resultados espectaculares que estos productos generalmente nunca ofrecen.

En consecuencia, PROFECO ahora tendrá facultades para coordinar cualquier agencia federal, local o municipal para implementar cualquier acción que pueda ser necesaria para proteger a los consumidores de información / publicidad engañosa en todo el país.

Asimismo, PROFECO ahora está habilitada para evaluar y considerar elementos y circunstancias adicionales (como el momento en el que se emite un anuncio y las circunstancias particulares y económicas del mercado que pueden ser relevantes para el caso) al analizar si la información / publicidad es engañosa.

Nuestra Firma dará seguimiento y monitoreará la implementación práctica de estas nuevas regulaciones para mantener a nuestros clientes actualizados sobre los posibles impactos a los miembros de la industria.

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