Propuesta de reforma tendiente a regular la actividad de las redes sociales en México.

El pasado 08 de febrero de 2021, un grupo parlamentario presentó ante la Cámara de Senadores, una propuesta de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), a efecto de supuestamente establecer las bases y principios generales de la protección a la libertad de expresión en las redes sociales, así como dotar al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), de las atribuciones necesarias con el fin de que pueda garantizar el ejercicio de dicho derecho humano en el ámbito del ciberespacio, y establecer límites claros a los propietarios de las referidas redes sociales, respecto de la suspensión y eliminación de cuentas de usuarios, aportando a la seguridad jurídica de usuarios y prestadores del servicio.

En los antecedentes de esta iniciativa, el Senador Ricardo Monreal, líder de este este grupo parlamentario expone la necesidad de regular a los propietarios de redes sociales, principalmente en cuanto al bloqueo y suspensión temporal o definitivo de cuentas de usuarios, en beneficio y protección del derecho de libertad de expresión.

Con la presente iniciativa, se pretende exigir y obligar a los prestadores de servicios de redes sociales con más de un millón de usuarios, a que soliciten autorización al Instituto para prestar sus servicios en territorio mexicano.

Para la obtención de la misma, será necesario que dichos prestadores de servicios sometan a consideración del Instituto, los términos y condiciones que regularán su red social, incluyendo mecanismos y procedimientos para la suspensión o eliminación temporal o definitiva de cuentas de usuarios, y cumpliendo con los parámetros que se establezcan en Ley.

A pesar de que los prestadores podrán eliminar o suspender de forma definitiva una cuenta, los mismos deberán contar con un departamento especializado en derechos humanos que pueda evaluar los riesgos derivados de dicha determinación, y únicamente podrán hacerlo cuando las actividades de algún usuario incurran en alguna de las siguientes causales:

  • I. Se acredite que, en términos de los artículos 6º y 7º constitucionales, el mensaje o contenido difundidos, incluidas las noticias falsas, atacan la moral y el orden público, la vida privada y los derechos de terceros, se provoque algún delito o se perturbe el orden público;
  • II. Se acredite la afectación a los derechos de las y los menores de edad;
  • III. Se acredite la difusión de mensajes de odio, y
  • IV. Se revelen datos personales en violación a lo dispuesto por las leyes de la materia.

Se pretende crear un esquema mixto de regulación de las redes sociales, en el que en primera instancia sean los propietarios de las redes sociales junto con sus usuarios los que resuelvan cualquier tema relacionado con la suspensión o cancelación de cuentas y eliminación de contenidos, pero al mismo tiempo se pretende que dicho procedimiento se regule en la ley, con el fin de que en contra de las determinaciones de los propietarios de las redes sociales proceda un recurso administrativo o judicial, en su caso, esto con el fin de respetar también el derecho humano de acceso a la justicia de los usuarios.

La resolución o determinación que emita el prestador, respecto de la eliminación o suspensión de una cuenta de usuario, deberá ser impugnable a través de un procedimiento interno que adopte el prestador, y que haga del conocimiento de los usuarios a través de los términos y condiciones, previa autorización del Instituto. El resultado de dicho procedimiento deberá ser comunicado al usuario en un plazo no mayor a 24 horas.

Asimismo, es importante resaltar que en caso que la resolución resulte desfavorable para el usuario o que el prestador no emita resolución, podrá interponerse una queja ante el IFT, que al ser resuelta, podrá a su vez ser impugnada mediante juicio de Amparo.

A través de la iniciativa se establece la posibilidad de sancionar con una multa que puede ser de 1 a 1,000,000 de Unidades de Medida y Actualización (UMAS), a los prestadores de servicios de redes sociales, en caso de incumplimiento a la normativa propuesta.

En OLIVARES, daremos seguimiento cercano al proceso de discusión de esta propuesta de iniciativa de reforma, para mantener debidamente informados a nuestros clientes.

Luis C. Schmidt luis.schmidt@olivares.mx; Gustavo Alcocer gustavo.alcocer@olivares.mx; Abraham Díaz abraham.diaz@olivares.mx

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