La Suprema Corte: todo inidividuo puede registrar una marca

by Varinia Calleros

La Ley de la Propiedad Industrial contempla que los industriales, comerciantes y prestadores de servicios pueden usar sus marcas en el comercio, y que el derecho al uso exclusivo es obtenido a través de un registro otorgado por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Con base en lo anterior, los titulares de marcas estaban solicitando la nulidad de registros marcarios a nombre de individuos que no tenían actividad comercial ni establecimiento comercial alguno. En resumen, los titulares de marcas alegaban que el otorgar registros marcarios a todos los individuos estaba en contra de la competencia leal y efectiva y en contra de una de los principios fundamentales del Derecho Marcario que es distinguir marcas en el comercio y servir como identificador del origen de los productos en las actividades comerciales.

Derivado de una contradicción de tesis por los Tribunal Colegiados Cuarto y Séptimo de Circuito, el asunto fue llevado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La Suprema Corte sostuvo que acreditar la calidad de industrial, comerciante o prestador de servicio no es un requisito para el registro de marca establecido en la Ley, por lo que no constituye una causal de nulidad.

 

La sentencia antes mencionada ha resaltado un problema que ha sido particularmente conflictivo para los titulares de marcas que consiste en el hecho de que cualquier persona puede obtener todos los beneficios derivados de un registro marcario, a sabiendas que son marcas de terceros con la intención de causar daño o registrar con la intención de vender los registros a los verdaderos usuarios de las marcas. Una marca puede estar bloqueada por lo menos por un periodo de tres años y hasta diez años sin ser usada en el comercio, fomentando la imitación de marcas y los registros parasitarios.

Por lo que, el arma legal que les queda a los titulares de marcas en contra de registros parasitarios, es iniciar procedimientos de nulidad con base en uso previo de la marca en México o en el extranjero.

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